Se informa a las Direcciones Escolares que se deberá tener presente lo dispuesto por la DGEIP en Circular 30/24 que se adjunta, a efectos de organizar la concesión de asueto al personal No Docente y Docentes en funciones de Docencia Indirecta en el período señalado y registrando la inasistencia en el sistema GURÍ.
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